AÑO 3 NO. 16 || 15 . ENERO . 2013
REVISTA ELECTRÓNICA TRIMESTRAL DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO

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Privacidad e Internet

Pedro Alejandro Chacón Cruz
Alumno

La tecnología y el derecho

Es evidente que el avance de la tecnología crea una nueva problemática que supone un reto para el jurista. Dicho reto puede notarse claramente primero en que la realidad cada vez más compleja exige no sólo la adaptación de los conceptos jurídicos existentes, sino en muchos de los casos la creación de otros nuevos. Este fenómeno se ha generado con mayor intensidad a partir del surgimiento de lo que María Luisa Fernández Esteban señala como el mundo "digital", refiriéndose al universo virtual nacido con la tecnología. 1

Además, los cambios que se están produciendo ponen a prueba no sólo los conceptos jurídicos, sino la capacidad de los órganos legislativos para hacer frente a la vertiginosidad con que dichos cambios aparecen.

Por otra parte, surgen problemas en el momento de intentar determinar una jurisdicción para el ciberespacio o mundo "digital", ya que al publicar alguna información en Francia, puede verse inmediatamente desde México o China. En otro caso, al celebrar un contrato vía Internet un japonés y un brasileño, surge la duda de cuál es la legislación que debe operar para dicho contrato.

El derecho a la privacidad en Internet

En su artículo "derechos, delitos y libertades en Internet", Raúl Trejo Delarbre refiere:

"La capacidad de la red de redes para que cada quien coloque en ella los contenidos que quiera, es tan amplia como la posibilidad para que los mensajes e incluso la información en su computadora que un usuario no quiere sea conocida por otros, puedan ser vistos e infiltrados sin su consentimiento. La posibilidad de interferencia existe prácticamente en todos los medios de difusión. Pero las transgresiones a la privacía en Internet han sido tan publicitadas que existe la sensación de que en ella todo el tráfico de mensajes, incluso el correo electrónico, se encuentra constantemente abierto al escrutinio de mirones cibernéticos.
Quizá no es para tanto. La privacía absoluta no existe la red. Incluso los sistemas de seguridad más sofisticados y el empleo de claves mensajes cifrados pueden ser transgredidos por especialistas en informática si así lo desean. Pero es exagerado imaginar, por ello, que el ciberespacio es un océano repleto de piratas informáticos dispuestos a asaltar el primer correo electrónico que se les atraviesa.
Más que los hackers, la privacía en Internet está amenazada por las grandes corporaciones que trafican con la información relativa a las preferencias y costumbres de los usuarios de la red de redes. Además, se sabe de la existencia de sofisticados sistemas patrocinados por los gobiernos de los países más poderosos, para espiar los mensajes que transitan por el ciberespacio.2"

Efectivamente, se sabe de un sistema de espionaje patrocinado por los gobiernos de Estados Unidos, Canadá, el Reino Unido, la Unión Europea, Australia y Nueva Zelanda y con la contribución de Alemania y Japón. A este sistema se le ha denominado Echelon, y los especialistas consideran que tiene capacidad para interceptar 3 mil millones de comunicaciones todos los días.

Por el lado de las grandes corporaciones, actualmente es una práctica muy usual la compra y venta de las llamadas "listas de correos", que no son otra cosa sino bases de datos que contienen desde la dirección electrónica de cierta cantidad de usuarios, hasta en el peor de los casos, sus nombres completos, direcciones postales y números telefónicos. Usando estas listas se puede tener acceso a un sistema de publicidad intrusiva vía correo electrónico, llamado SPAM3 y en español denominado CECNS (correo electrónico comercial no solicitado)

Legislación aplicable a Internet

El actual problema a que se enfrentan las legislaturas y en el que enfatizan más su estudio es el de la ilimitada libertad de expresión, ya que aunque la normatividad básica para la libertad de expresión (comunicación privada o prensa escrita) existe, en este mundo digital es menos posible sancionar a aquel que quebrante dichas reglas.

Del mismo modo no podemos olvidar el carácter mundial de las redes y la facilidad de eludir disposiciones nacionales, situando la información controvertida en un país más tolerante, pudiéndose acceder igualmente a ella desde el país con más restricciones. El ciberespacio no conoce barreras nacionales ni físicas, y esto atenta contra las barreras legales.

A pesar de las limitaciones a la libertad de expresión en Internet, el peligro de que los menores puedan acceder a ciertos contenidos presentes en la red, ha llevado a varios países a introducir normas específicas restrictivas de esta libertad. Algunos países asiáticos han tomado medidas irrespetuosas con la libertad individual; establecieron que para acceder a Internet se requiere hacerlo a través de un servidor especial, de tal suerte que se puedan registrar las entradas al ciberespacio junto con las listas negras del material prohibido.4
Respecto al derecho a la privacidad, la firma de abogados españoles "Davara & Davara" especializada en Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), fundada y presidida por el Dr. Miguel Ángel Davara Rodríguez, Profesor Ordinario (Catedrático) de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid (ICAI-ICADE), pionero y experto internacionalmente reconocido en Derecho de las TIC. Hace una fuerte llamada a la comunidad internacional, puntualizando la necesidad de uniformizar las leyes que se refieran al tema, pues es la única forma de frenar la anarquía de información en Internet.
El Dr. Davara fija su atención en cuatro puntos importantes para el tratamiento de datos por Internet:
1. Tiene que haber una uniformidad en las leyes, sobre todo en la estructura relacionada con el manejo de datos.
2. En países con entornos sociales, políticos y económicos similares, será necesario crear una serie de protocolos de comportamiento para empresas y los poderes públicos, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal.
3. Tiene que haber una normalización técnica en el área de tecnología, respecto a las leyes vigentes de cada nación, ya que éstas tienen que ser objetivamente neutrales respecto a la tecnología.
4. La utilización de los medios tecnológicos, nos debe llevar a una homologación administrativa de procedimientos lógicos de estructura empresarial y de funcionamiento.

Perspectiva en México

En la legislación federal mexicana, el término “internet” aparece solamente en 68 ocasiones, principalmente refiriendo obligaciones de publicidad de organismos públicos o materia tributaria; nada sobre la privacidad. Sin embargo, existe desde el año 2001 la iniciativa de la Ley Federal de Protección de Datos Personales, que lamentablemente, como muchas otras reformas necesarias, se ha quedado en el tintero.5

¿Cómo protegerse?
La cultura de la autoprotección

De cualquier forma, el Internet no tiene por que ser considerado un “océano repleto de piratas informáticos”. El acceso y disfrute con seguridad de los servicios que proporciona no es tan complicado de conseguir. Basta tan solo con seguir ciertas directrices de conducta y emplear un par de programas especializados.

En el reporte especial de su publicación del mes de noviembre de 2003, la revista estadounidense “PC World” titulado “Privacy”, se hacen una serie de recomendaciones para evitar el acceso y el uso no permitido de nuestra información confidencial:

Primero, menciona la necesidad de hacer un buen manejo de las contraseñas en Internet, aunque esto representa un dolor de cabeza para el común de los usuarios: “No question: Passwords are a pain. Managing them safely means cooking up dozens of cryptic letter and number combinations –following each site’s arbitrary character count- and commiting each to memory, along with the site it corresponds to. And when you’ve done all that, it’s time to change them and start over.”6 PC World refiere los errores en que la gente comúnmente cae: poner sus contraseñas en hojitas sueltas, o en agendas, donde cualquier persona puede encontrarlas; establecer de contraseña el nombre de la mascota o de alguna persona conocida, el RFC o la fecha de nacimiento. Y recomienda el uso de aplicaciones gratuitas disponibles en la red, dedicadas al manejo de esta preciada información.

Especialmente en tratándose de las contraseñas para banca en línea y compras, se recomienda el constante cambio, pues así se evita con mayor fuerza la posibilidad de que nos sean robadas y usadas en nuestro prejuicio. Este tipo de servicios, jamás deberán ser utilizados desde redes inalámbricas abiertas (hotspots), o computadoras públicas, pues los datos se encontrarían vulnerables también a una intrusión.

Por otro lado, no se recomienda la suscripción a las listas de correo, ya que usualmente no tienen una declarativa de privacidad y por lo tanto, pueden disponer de la información proporcionada sin ningún tipo de responsabilidad.

Es también generalmente no recomendado el registro excesivo de datos aun en sitios que se consideran seguros como los de compra en línea.

Asegurar la computadora es necesario y no es tan complicado, se requiere tan solo de dos aplicaciones básicas para una exploración segura en Internet; Un Corta fuegos (Firewall), que es un programa dedicado a controlar las entradas y salidas de datos en la PC; y un antivirus, programa especial para el análisis de los archivos existentes en la computadora para evitar la aparición y proliferación de los denominados virus informáticos.

La actualización continua de estos programas es vital, pues obviamente cada día surgen mas amenazas y los laboratorios de los sitios proveedores del software antivirus están diariamente actualizándose para estar al día en contra de dichas amenazas.

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1. Vid. María Luisa Fernández Esteban, “Nuevas Tecnologías, Internet y Derechos fundamentales”, McGrawHill, Madrid, 1998, Pág. XXV.

2. Trejo Delarbre, Raúl., “Derechos, Delitos y Libertades en Internet", artículo publicado en “Derecho a la Información y Derechos Humanos”, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2000., Pág. 384

3. El término SPAM, además de ser la marca de una carne poco nutritiva y muy famosa en los Estados Unidos, empezó a ser usada en Internet sin un significado específico y con el tiempo se han generado "leyendas" que intentan explicar el origen de la nueva acepción de dicha palabra. La leyenda más difundida se refiere a la letra de una canción empleada en una comunidad cibernética para molestar a los usuarios.

4. Fernández Esteban, María Luisa, Op. Cit., Pág 99

5. http://www.davara.com/documentos/relacionados/proteccion/Mexico-ProyectoLey.pdf

6. “No cabe duda: Las contraseñas son una molestia. Manejarlos con seguridad significa elaborar docenas de combinaciones crípticas de letras y números –siguiendo el número de caracteres arbitrariamente determinado por cada sitio- y comprometiendo cada uno a la memoria, junto con el sitio al que corresponde.

Fuentes
• Pérez Luño Antonio Enrique
Ensayos de Informática Jurídica
Ed. Fontamara
2001 2ª Ed.

• Cremades Javier; Fernández Ordóñez Miguel Ángel
Régimen Jurídico de Internet
Ed. La Ley
2002 1ª Ed.

• Díaz González Luis Raúl
Los medios electrónicos en el derecho mexicano
Ed. Gasca
2006

• Rojas Amandi Víctor Manuel
El uso de Internet en el derecho
Ed. Oxford
2001, 2ª Ed.

• Carpizo, Jorge y Carbonell, Miguel (Compiladores)
“Derecho a la Información y Derechos Humanos”
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas
México, 2000.

• “Davara & Davara Asesores Jurídicos”
http://www.davara.com
España, 2008

• Fernández Esteban, María Luisa.
“Nuevas Tecnologías, Internet y Derechos fundamentales”
Ed. McGrawHill
Madrid, 1998.

• H. Congreso de la Unión.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/1.pdf

• Organización de las Naciones Unidas
Declaración Universal de los Derechos Humanos
http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm

• Revista “PC World”
Special Report: Privacy
Noviembre 2003
E.U.A.

***El contenido del artículo es absoluta responsabilidad del autor, y no refleja, necesariamente, la opinión de la Escuela de Derecho o Universidad de la Salle.

 

 

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