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Derecho a la Vida.
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Teodora.
El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de la persona. Nace desde la concepción y no puede ser limitado, sin la vida ningún derecho es disfrutable por tal motivo hay que reservarlo.
El significado de la palabra vida lo podemos encontrar desde el punto etimológico y religioso. El etimológico se refiere a que el ser humano nace, crece, se reproduce y muere; el religioso nos habla de que somos creados por un ser supremo, que somos hijos de Dios. En la vida jurídica no se dedica un capítulo en relación a la concepción divina. El derecho a la vida está plasmado en el artículo 3.° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".
Los principios del derecho por los que se deben guiar los legisladores para hacer frente a los delitos que constituyen el derecho a la vida son: justicia, equidad y bien común.
• Justicia: es la virtud o hábito bueno de dar a cada uno lo suyo, lo que le corresponde, lo que se le debe otorgar.
• Libertad: es la facultad del ser humano que le permite decidir llevar a cabo o no una determinada acción según su inteligencia o voluntad; es aquella facultad que permite a otras facultades actuar y que está regida por la justicia.
• Bien común: es el conjunto de condiciones de la vida social que permiten que las asociaciones y cada uno de sus miembros alcancen de manera más fácil e íntegra la perfección que les corresponde. No es la suma de los bienes de cada uno de los miembros de la sociedad ya que es indivisible y solo con la colaboración de todos puede ser alcanzado, aumentado y protegido . Afecta a la vida de todos. Exige la prudencia por parte de cada uno, y más aún por la de aquellos que ejercen la autoridad.
Delitos que constituyen el derecho a la vida:
• Infanticidio: etimológicamente la palabra infanticidio, proviene de los vocablos latinos “infans” y “cedere” que significan, matar a un niño. En la actualidad éste tipo de delito sucede cuando la mujer desea ocultar su embarazo por motivos personales, morales, sociales o religiosos.
• Aborto: es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo.
• Pena de muerte: ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales. El artículo 22 constitucional dice: quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia. Las marcas, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie…
• Eutanasia: es todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o la prolongación artificial de su vida. En este caso la vida del individuo es un bien jurídico no disponible. Se aplica a moribundos, ancianos, minusválidos, e incapaces que son eliminados para el bien de la sociedad.
Después de los puntos expuestos por el conferencista, ahora daré mi punto de vista en cuanto a los temas abordados.
Respecto al aborto considero que debería legalizarse en todo el país pero sólo a las mujeres que estén embarazadas por motivo de una violación o porque carecen de recursos económicos para mantener al bebe, siempre y cuando todo esto sea demostrado.
En nuestro país se han dado muchos casos de mujeres embarazadas que han abortado clandestinamente y por tal motivo mueren en el intento, porque la intervención quirúrgica es mal aplicada. La mayoría de los casos de abortos clandestinos e inseguros están relacionados con la afectación del proyecto de vida, por lo que a pesar de las posturas radicales no se puede posponer la despenalización del aborto.
Considero que la fuente de este tipo de situaciones es la familia al no proporcionarles la suficiente información a los jóvenes acerca de los riesgos y consecuencias de un embarazo a pronta edad. Algunos de los motivos que orillan a la mujer a abortar son los siguientes: no tiene el suficiente sustento económico, la pareja las abandona, las críticas de la sociedad, y la religión.
En cuanto a la religión es un tema que siempre causa revuelo, pues a pesar de que no deberían meterse en asuntos políticos, siempre dan su opinión, y más en estos temas en los que interviene la vida, y al decir que Dios ejercerá un castigo sobre las personas que priven de la vida a un ser humano inducen el miedo y la culpa a las personas que son muy religiosas.
De acuerdo con una noticia publicada el 20 de abril del 2007 por el periódico universal, el Distrito Federal concentra 14% del total de las muertes por aborto a nivel nacional, además de que en esta entidad el aborto representa la tercera causa de muerte materna, mientras que a nivel nacional se ubica como la quinta causa. De acuerdo con un reporte de Ipas México, organización dedicada a la protección de los derechos reproductivos y la salud de las mujeres, el promedio de muertes por abortos inseguros en el Distrito Federal es de 7 mujeres al año, lo que equivaldría a un fallecimiento cada 52 días.
El aborto existe y aunque los sectores fundamentalistas se nieguen a aceptarlo y a despenalizarlo, las mujeres siguen practicándolo.
En lo que respecta a la pena de muerte es un tema muy contradictorio pero sería apropiada la aplicación a los delitos de secuestro y violación, aunque México aun no tiene una cultura para ejercer este tipo de penas pues la justicia es ciega ya que la mayoría de las personas que se encuentran relacionadas a los delitos mencionados están vinculados con burócratas muy poderosos y las leyes la mayoría de las veces no se aplica a los verdaderos delincuentes y las autoridades muestran al pueblo que los delitos cometidos han sido solucionados, pero el gobierno continua protegiendo al crimen organizado y los delitos quedan impunes.
Por otro lado, si la pena se aplica, los delitos seguirán quedando impunes pues si lo que se busca es la justicia no se llegara al objetivo porque el delincuente simplemente ya no existirá, pero la victima quedara afectada para siempre, si es que sobrevive al ataque de éste. Podría ser algo cruel, pero si la persona mata, que lo maten, si tortura, que lo torturen.
El gobernador del estado de Coahuila, Humberto Moreira, señaló: “La discusión en Coahuila no es la pena de muerte, es cómo los vamos a matar, si los vamos a fusilar, si los vamos a degollar, si lo vamos ahorcar o algo 'light', que puede ser la inyección letal, pero un desgraciado que hace eso (secuestrar), ¿tú crees que merezca consideraciones? Nosotros no creemos en la readaptación de los secuestradores. Quien tiene la enfermedad para planear una actividad de este tipo y después atormentar a una familia para matar a una persona a cambio de dinero, es alguien que no tiene capacidad para ello.
La eutanasia es cuando una persona que tiene una enfermedad grave decide terminar con su vida, o cuando se encuentra en un estado crítico en el cual no puede decidir sobre su propia vida, como en el caso de encontrarse en estado de coma donde los familiares y doctores deben decidir por ella.
En el primer caso, podría ser un enfermo de VIH sida que se encuentra sentenciado a morir, día a día se enfrenta a intensos sufrimientos y a una agonía intensa y profunda que padece como resultado de la enfermedad y tendrá un resultado irreversible, éste sufrimiento no solo afecta a la persona misma, sino también a sus familiares y amigos lo que el busca es que sus allegados dejen el dolor al igual que él.
Un claro ejemplo de la legalización de la eutanasia es Holanda, dónde el proceso llevó más de 20 años de discusión y presentación de alternativas. Sólo está permitida en pacientes que padezcan enfermedad que les ocasione sufrimiento irremediable e insoportable, sean consientes de otras alternativas médicas y hayan buscado una segunda opinión profesional.
La solicitud debe realizarse en forma voluntaria, el paciente debe encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales y los médicos no pueden sugerirla como opción. Asimismo, los enfermos pueden dejar por escrito su deseo para que, en un futuro en el que no puedan decidir, los médicos tomen en cuenta su petición; asimismo, los niños entre 12 y 16 años sólo puedan solicitarla con consentimiento de sus padres.
Se considera que antes de fijar una reglamentación sobre la eutanasia, una sociedad como la nuestra debe asegurar primero los parámetros éticos, morales y religiosos de los profesionales de la medicina.
La postura de grupos religiosos o de los que están a favor de la vida, establece que existen alternativas que pueden mejorar la calidad de vida de este tipo de pacientes y que deben agotarse todas las posibilidades. Debe aclararse que cuando un paciente solicita el suicidio asistido tiene que contar con la autonomía y la conciencia moral de su médico y seres queridos.
CONCLUSIÓN.
A nuestro país aún le falta mucho por avanzar para llegar a formar un “Estado justo”. La sociedad mexicana es muy característica por el gran apego a la religión y esto le impide realizar ciertos actos que podrían marcar la diferencia para alcanzar el bien común y que exista una convivencia plena entre los ciudadanos a pesar de las discrepancias existentes entre ellos. Nosotros somos responsables de nuestra vida y de cómo la vamos formando, como seres humanos ya tenemos la libertad de elegir, lo que nos falta es el criterio para aplicar lo que queremos transmitir. Esto nos ayudará a forjar el estado de derecho que en realidad buscamos donde los individuos acaten lo señalado por las normas, y que la ley guie de manera correcta la conducta ciudadana. Así que aún nos falta mucho por hacer pero si no empezamos desde ahora, con la educación en los hogares, el objetivo no será logrado.
BIBLIOGRAFÍA:
Hernández Barrios, Julio, Conferencia Magistral Derecho a la Vida, Universidad de la Salle Bajío A. C., León, Guanajuato. Octubre 2009.

