AÑO 3 NO. 16 || 15 . ENERO . 2013
REVISTA ELECTRÓNICA TRIMESTRAL DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO

Docencia y Reforma Penal.

Presentado por: Mtra. Angélica Guerra Flores
Catedrático de la Facultad de Derecho
Universidad de la Salle Bajío.

En las últimas décadas los países latinoamericanos se han visto inmersos en reformas de los sistemas procesales de justicia penal, las cuales tienden a abandonar sistemas inquisitivos o mixtos por modelos del sistema acusatorio; sin embargo, mantienen diferencias en sus regulaciones.

En México vivimos un proceso de transformación en materia penal a virtud del cual, el 18 de julio de 2008, se publica la reforma a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Constitución Federal; destacándose que el proceso de reforma será gradual y para lo cual se establece un período amplio de transición que permita que cada entidad federativa genere un programa de reforma de acuerdo con sus necesidades y características.

Cabe destacar que la reforma introduce el sistema acusatorio, la oralidad en el proceso penal y el derecho de excepción para la delincuencia organizada. Todo ello con el fin de atender los retos que en materia de seguridad pública se demandan en la actualidad.

En la XIV Asamblea Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en Marzo de 2008, con sede en Brasil, se planteó como tema destacado la oralidad en el proceso penal, mediante la instauración de reglas mínimas que desarrollen proyectos relativos al sector de justicia entre poderes judiciales europeos e iberoamericanos; pero, como señaló Luis Paulino Mora, Presidente de la Corte Suprema de Costa Rica: “para ello, es necesario una metamorfosis”, la cual debe ser de carácter cultural.

Ello evidencia que, quienes consideramos pertenecer a Estados democrático, nos encontramos ante un reto común: mantener el equilibrio entre el respeto de los derechos de los individuos y un sistema penal eficaz. Reto que está siendo atendido por el Estado Mexicano a través de la reforma al sistema procesal de justicia penal.

El proceso penal es la forma que el Estado ejerce su legitimación democrática y como refiere Goldschmidt, “se constituye en un parámetro de medición de los Estados autoritarios o constitucionales”; donde el juzgador es un garante del proceso penal, inmerso en la eterna lucha entre un sistema de control criminal, con detrimento de las garantías, frente a un derecho de excepción donde lo medular es la supresión del delito, el valor del orden y el llamado debido proceso legal.

También es necesario que se adopten instrumentos útiles para combatir el esquema de los valores y principios culturales de quienes intervienen en el sistema de justicia penal, como son jueces, fiscales y defensores; pero, además, los docentes, con el fin de que seamos capaces de transmitir a los alumnos los cambios que esta reforma implica, no sólo de la perspectiva jurídica, sino de manera integral.

Esto nos lleva a establecer que las reformas constitucionales no se ven complementadas únicamente con modificaciones a la legislación penal, pues se requieren una serie de cambios en lo académico, que generen una adecuada cultura jurídica del derecho penal.

En suma, la reforma del proceso penal mexicano depende para su funcionamiento de las voluntades y el compromiso de los operadores del sistema y de las universidades; por lo que, en nuestro caso particular, debemos asumir la responsabilidad de instituirnos en académicos comprometidos en el ejercicio de la docencia, fomentando el rediseño de planes y programas de estudio dentro del marco de la reforma penal, tendientes a desarrollar en los alumnos las habilidades de la oratoria, la interpretación y la argumentación que les permitan enfrentar con capacidad y aptitud un proceso eminentemente oral y desarrollado bajo el principio probatorio de contradicción.

De aquí que la academia esté llamada a jugar un papel clave en la consolidación del modelo acusatorio penal, pues su intervención en el proceso se constituye en el vehículo para lograr una justicia de calidad igual para todos.


Imagen tomada de: http://www.pj.gob.pe/intranet/archivos-subidos/NCPP_LA_LIBERTAD_260607_001.jpg

 

 

 

La revista Ex Lege es una publicación trimestral, que contendrá interesantes secciones, como las dedicadas a las aportaciones de docentes, alumnos y autores invitados, así como espacios para ponencias, conferencias, entrevistas y noticias.