AÑO 4 NO. 23 || 15 . AGOSTO . 2015
REVISTA ELECTRÓNICA TRIMESTRAL DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO
“Hagamos vivenciales los Derechos Humanos”

Artículo realizado por: Mtro. José Alberto Cabrera Gutiérrez.
Catedrático de la Facultad de Derecho
Universidad de la Salle Bajío A. C.

Imagen tomada de: www.opinion.mxgo.net



1.- México y las reformas constitucionales en materia de derechos humanos. 2.- Lucha para conseguir la aplicación de los derechos humanos. 3.- Proceso en la internacionalización de los derechos humanos. 4.- Visión holística de los derechos humanos. 5.- Exigencias de los grupos vulnerables desaventajados. 6.- La Globalización y los derechos humanos.

INTRODUCCIÓN

México ha avanzado en una cultura de derechos humanos comprometiéndose en procesos de armonización legislativa en estándares internacionales de fortalecimiento institucional de políticas públicas específicas en la materia en comento, así como en una apertura cada vez más marcada al interior del país como a nivel internacional.

En los últimos años se ha hecho notable que en nuestra sociedad mexicana se ha orientado a una expansión de los derechos humanos, siendo muestra fehaciente las reformas constitucionales del 10 de junio del año 2011. La cual trae como consecuencia cambios substanciales en nuestra cultura.

Ahora bien la pregunta sería ¿Cómo hacer vivencial los derechos humanos?, es decir, cómo hacerlo parte de nuestra cultura el respeto y entrega absoluta a estos principios, ansiosos por permear en nuestra sociedad; ¿Por qué esa pregunta?, para ello deberíamos cuestionarnos lo siguiente: ¿Quién está en contra de los derechos humanos?, ¿Quién aparentemente lo niega?, o no comparte la idea de esta necesidad de paz, respeto, tolerancia y no discriminación, más aún, ¿Qué estados?, ¿Qué entidades abiertamente dicen que son violadores o están en contra de los derechos humanos?, ¿Qué constituciones dicen que no reconocen a los derechos humanos?, y sin embargo, esa presencia del discurso de los derechos humanos es al mismo tiempo compatible con el silencioso y escandaloso hecho de la masiva violación de derechos humanos en nuestro tiempo y en nuestro planeta.

Es indispensable que los derechos humanos no solo quede en palabras o frases, si no por el contario se lleven a la práctica, a la verdadera vivencia de la igualdad entre los seres humanos; además debemos reconocer aquellos que luchan cotidianamente por alcanzar esta finalidad (personas , movimientos, grupos, entidades, instituciones), y desde este punto de vista es nuestra responsabilidad como integrantes de esta sociedad tatuarlo en nuestra piel, en nuestra consciencia y más aún en nuestras creencias, tal y como lo establece la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, en su artículo vigésimo noveno, primer apartado, que a la letra reza: “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad” (1).

Bajo esta realidad no podemos quedarnos en un discurso hueco y estéril, debemos mostrar una visión holística de los derechos humanos; asì como superar las ideas tradicionales de los derechos humanos; es indispensable para su efectiva garantía que estos hayan sido reconocidos por un determinado ordenamiento jurídico, es decir estas serían exigencias o prerrogativas de los individuos ancladas por otra parte en valores morales básicos como la dignidad, la libertad, la igualdad, la autonomía, luego entonces serían los derechos humanos hechos fundamentales en tanto que fundamentan todo nuestro orden constitucional y jurídico.

Bajo esta tesitura, estos derechos fundamentales se pregonan como universales, absolutos o supremos, inalienables que deben prevalecer en caso de conflicto frente a cualquier otro tipo de exigencias o finalidad que la comunidad haya decidido tutelar, desde este punto de vista deberían de quedar fuera de cualquier actitud mezquina política, así como de cualquier regateo de las mayorías y minorías.

Para todo lo anterior, es necesario destacar la preminencia del individuo sobre la comunidad, así como la limitación del poder, con ello me refiero que cuando existe un estado que garantice los derechos humanos tiene a bien ganado el título de ser un estado legítimo; así bien los derechos humanos se convierten en el ámbito del derecho en el criterio de la justicia, el derecho justo es precisamente el que como mínimo respeta esas exigencias básicas que son las exigencias que derivan de los derechos humanos.

¿Pero qué sucede con la vivencia de los derechos humanos?, que desde este punto de vista existe en la comunidad una gran insatisfacción, y si uno se asoma a la historia de los derechos humanos estos surgen básicamente en occidente, motivados por la lucha de la burguesía contra el antiguo régimen opresor, es la lucha del pensamiento liberal precisamente frente al pensamiento de ese estado absoluto aristocrático, en sí mismo la lucha por las libertades, de ahí la necesidad de positivizar esos derechos que antes simplemente eran ideas que habían movido precisamente esos cambios.

La primera fase del proceso de politización de los derechos humanos consiste precisamente en las primeras declaraciones, aquellas que corresponden a la declaración de independencia de Estados Unidos, la declaración del buen pueblo de Virginia de 1775 o la declaración por su importancia de derechos del hombre y del ciudadano de 1789 y que años después se internacionalizan con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

Es muy probable que con lo anterior podamos pensar que todo está hecho y que solo nos queda disfrutar del fruto de esa lucha, de esa positivización y de esa internacionalización; pero no es así, toda vez que precisamente se deben de reforzar los mecanismos de protección de los derechos humanos y más aún cobijar los grupos desaventajados como son los niños, las mujeres, los migrantes, los indígenas, las personas con discapacidad o de orientación sexual diferente, es decir todos aquellos grupos vulnerables por un estado que no ha alcanzado su legitimación en esta materia.

Esto definitivamente no es el final feliz de los derechos humanos y estamos muy lejos de alcanzar el mundo feliz; al contrario la historia marca un sentido acumulativo en el que unos derechos se van sucediendo a otros, es muy probable que muchas personas hayan oído hablar de las generaciones de los derechos humanos; primero de una generación de derechos civiles y políticos que correspondían al estado liberal que eran los derechos de autonomía, de lucha porque el estado no interfiriera en determinados ámbitos de privacidad del individuo, posteriormente una segunda generación de derechos sociales, económicos y culturales, en los que precisamente se le pide al estado que intervenga para que garantice condiciones de bienestar mínimas en los ámbitos como la sanidad, la educación, el trabajo, la protección social, así posteriormente una nueva generación como la tercera generación de derechos humanos, aquella que correspondería a nuestro momento presente, en el que aparecen nuevos derechos y empiezan a reconocerse nuevos derechos como el derecho al medio ambiente, como el derecho a la paz, como el derecho al desarrollo; aunque esta idea de las generaciones ha quedado superada, hoy se habla de las dimensiones de los derechos humanos y en algunos años se hablará de otros conceptos, manteniendo siempre el principio de progresividad.

Bien frente a esa visión holística, me voy a permitir manifestar que estoy insatisfecho con la historia que nos han contado de los derechos humanos, toda vez que existen insuficiencias; ya que por un lado existe la gloriosa historia del reconocimiento de luchas, así como de esfuerzos por reconocimiento de un mínimo ético para toda la humanidad por parte del estado, más aún nunca históricamente han existido más declaraciones, más instrumentos de protección, más reconocimientos, más declaraciones específicas, más organismos dedicados a la defensa de los derechos humanos; pero si todo esto ha sido y sigue siendo contradictorio con la vivencia de los derechos humanos, con la constante realidad de la violación escandalosa y masiva de los derechos humanos en nuestro mundo.

Esto, simplemente es algo que nos tiene que hacer pensar de que algo no ha funcionado o no estamos haciendo bien, ya que la pregunta sería: ¿Por qué no se han hecho vivenciales los derechos humanos?, considero que una parte del problema es que debemos ver al individuo bajo su cúmulo de creencias y experiencias de vida, que lo ubica en un espacio y tiempo determinado y que no podemos ser absolutistas y que debemos de considerar las condiciones particulares en las que se desenvuelve el individuo.

Ahora bien, en la declaración universal de los derechos humanos de 1948, empieza su articulado de la forma siguiente: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, y en el artículo segundo dice: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición; bajo esta concepción y haciendo una reflexión diremos que los derechos que están en la declaración son los que todos tenemos y en consecuencia los podemos disfrutar (2); sin embargo, esta concesión conduce a una concesión a priori de los derechos humanos, ¿en qué sentido?, si estamos atentos hay algo que hay detrás de esta concesión, con esta lógica se nos hace pensar a todas y todos que tenemos los derechos aun antes de disfrutar los bienes y las capacidades para poder acceder a ellos. De este modo, las personas que luchan por los derechos humanos acaban desencantados, porque a pesar de que se nos dice que tenemos derechos, la inmensa mayoría de la población mundial no puede ejercerlos por la falta de condiciones efectivas y materiales para ello.

Ahí empieza a descubrirse la gran contradicción, si tenemos los derechos ¿Por qué luchar por algo que ya se tiene?, luego entonces existe una sensible confusión entre lo empírico “tener derecho”, y lo normativo “los derechos que debemos tener”.

Ahora bien, por una parte tenemos un discurso sobre los buenos derechos, que es un discurso bien intencionado, voluntarista y bien intencionado; y por otro lado la realidad de los obstáculos que impiden su realización y que constituyen dos planos que creo hay que mantener siempre efectivamente separados, hay que separar la normatividad del ideal de la realidad, y solo partiendo de esa radical separación avanzar en hacer vivencial los derechos humanos.

Por otro lado debemos enfatizar que no todos los derechos humanos no son iguales en cuanto a su fortaleza y a su eficacia. ¿En qué sentido?, en el sentido de que han habido derechos como los derechos civiles y políticos, que desde su inicio han estado fuertemente garantizados, por sobre todo con garantías jurisdiccionales que han hecho o han permitido en cierta forma convertir aquello que era una expectativa, en una realidad jurídica de un derecho subjetivo y exigible frente al poder y frente a los demás.

Pero los derechos sociales, económicos y culturales, representan mayor dificultad en cuanto a su eficacia, ¿Por qué?, esto lo hemos escuchado en los últimos años al hilo de las crisis económicas, de la puesta en cuestión de las políticas asociadas al estado de bienestar, etc., ¿en qué sentido?, los derechos sociales, económicos y culturales se nos dice son derechos de prestación, son derechos que el individuo necesita de una intervención del poder público para que se garantice el bien que esos derechos protegen, por ejemplo: el derecho a la educación solo se garantiza creando escuelas, fomentando el acceso de todos los individuos a todos los niveles de enseñanza, es decir, necesita programa de gasto público, necesita políticas sociales que arropen y hagan realimente efectivas esas condiciones en las que se sustenta el derecho; en este caso económico el derecho a la educación, lo mismo pasa con el derecho a la sanidad o derecho a la salud, o el derecho a la protección social, se nos dice “los derechos sociales cuestan”, y como cuestan solo son realizables cuando hay condiciones económicas que así lo permitan.

Frente a esta visión asimétrica de los derechos, por un lado los derechos fuertes y por otro los derechos débiles, ¿en qué sentido?, los derechos fuertemente garantizados judicialmente y de unos derechos precarios en cuanto a sus garantías; frente a eso habría qué pensar lo que señala la Convención de Viena de 1995, que manifestó la interdependencia de los derechos humanos, es decir que no hay libertad si no hay condiciones materiales de igualdad al acceso a esa libertad.

Por ejemplo: El derecho a la educación efectiva, no basta que nuestros hijos en estos tiempos acudan a las escuelas, sino que además necesitan el acceso a la información y al conocimiento, que es sin lugar a dudas a las nuevas tecnologías como al internet, etcétera. En consecuencia el derecho a la educación hoy en día exige derecho a la libertad informática, acceso a la libertad informática, siendo necesario que se garanticen los derechos asociados a esos derechos.

Todos los derechos son interdependientes, y debemos de poner énfasis de que todos los derechos cuestan, no solo cuesta el derecho a la educación, a la sanidad, a la protección social, sino también el derecho a la libertad y a la seguridad, porque es necesario mantener un aparato de fuerzas de seguridad, un aparato judicial que hagan efectivas esas libertades y esa seguridad, no es cierto que unos cuestan y otros no cuestan, todos los derechos cuestan.

La cultura de los derechos humanos debe ser no solo integradora, sino también crítica y realista, es decir tener muy claro la normatividad de los derechos y la efectividad de los derechos, lo pregonado normativamente, y la realidad efectiva de su realización y su eficacia. Debemos de desterrar la idea que el reconocimiento de un derecho implica automáticamente su garantía.

No podemos dejar a un lado lo que apuntaba líneas arriba sobre los deberes que tienen todas las personas en cuanto a su comunidad, (Artículo 29 primer aparatado de la Declaración Universal de los Derechos Humanos), al referirme que históricamente se ha reconocido un derecho cuando previamente ha habido un proceso de movilización de grupos, de individuos, que se han organizado y han luchado porque se reconocieran unos determinados bienes que se consideraban fundamentales para su supervivencia o para su dignidad; en consecuencia los derechos humanos son esos procesos de lucha, y una vez obtenidos pasan a ser una cuestión de los poderes públicos del estado, quienes son los encargados de administrarlos y protegerlos.

De lo señalado con antelación, considero que de ahí empiezan algunas de las debilidades, ¿en qué sentido?, la estrategia de traducir las expectativas sociales en derechos, puede tornarse una estrategia débil, si esa conquista y ese reconocimiento de un nuevo derecho no se acompaña de las correspondientes garantías, y en concreto de los deberes y responsabilidades que lleva el reconocimiento de ese nuevo derecho; cuando hablo aquí de los deberes, no podemos caer en el exceso de que también tiene que ser un ciudadano virtuoso, que tiene que cumplir con los deberes cívicos y republicanos del buen ciudadano; sino a lo que refiero es al compromiso de las personas de estar conscientes y responsables de su propia vida y en consecuencia lograr el respeto a los demás integrantes de la sociedad, toda vez que si no es así se conviertan en derechos de papel, derechos medio vacíos, derechos precarios.

Bajo este contexto, nos lleva a una idea fundamentalmente compleja y a la altura de nuestros días, que los derechos humanos son sobre todo y deben ser sobre todo exigencias de los sujetos más débiles y más vulnerables, en el sentido de que en nuestras sociedades actuales existen asimetrías de poder, es decir no todos los sujetos ocupamos la misma posición, no todos partimos de las mismas condiciones sociales, económicas y culturales de la educación; por los tanto tampoco cumplimos o partimos de las mismas ideas en cuanto a las obligaciones; aunque los derechos sean tendencialmente generalizables, es decir tienen que ser reconocidos a todos, incumplen sobre todo a los sujetos más vulnerables, a los sujetos más débiles, aquellos cuyas necesidades e intereses se encuentran amenazados o insatisfechos a causa de la posición política, social, cultural y económica, en la cual están amenazados o están insatisfechos, del mismo modo aunque los deberes puedan ser tendencialmente generalizables a todos, incumben especialmente a los sujetos con más poder, esto es, incumben a quien por su posición política, social, cultural y económica, pueden condicionar la satisfacción de los intereses y necesidades de los otros.

Considero que debemos de promover una cultura vivencial y contextualizada de los derechos humanos, es decir debemos de preguntarnos si el significado de los derechos humanos en el contexto de 1948, con el final de la segunda guerra mundial y la experiencia aterradora del holocausto, quien marcó a la humanidad con el exterminio de millones de personas muertas en campos de concentración, es el mismo del que hoy en día tenemos, tomando en consideración el proceso de globalización, que ha trastocado de forma importante la práctica de los derechos humanos.

En este sentido debemos poner singular énfasis en las consecuencias del proceso de globalización, con la presencia de nuevos factores en el ámbito internacional, de empresas trasnacionales en donde operan mercados a nivel global, en el que tendencialmente nos convertimos culturalmente en un mundo global; luego entonces hoy se presenta como un desafío para la cultura de los derechos humanos, la globalización pone de manifiesto que el hombre tiene una tendencia a una homogenización cultural, económica y quizá también política, pero al mismo tiempo esas sociedades globales son sociedades multiculturales y el multiculturalismo es la existencia de tradiciones, culturas diferentes y al mismo tiempo vivientes en un mismo contexto, ya no separados sino viviendo en un mismo planeta, todo lo anterior constituye un reto para la existencia y permanencia de los derechos humanos.

La globalización nos obliga a pensar algo que es trascendental e históricamente visible, que los derechos humanos serán vivenciales si el recipiente o contenedor político y económico del estado es el adecuado, para su realización y protección, en estos términos estamos obligados a realizar la siguiente pregunta: ¿podremos entender con claridad esta multiculturalidad para hacer efectivos esos derechos humanos hoy a nivel global?, cuando existen diferentes estados ¿quién dirige su política pública manejando la riqueza? ya que estos son lamentablemente los que deciden cómo llevarán a cabo políticas sociales y culturales.

Pero no debemos ser fatalistas, ya que la globalización también puede ser una oportunidad, ya que por primera vez podemos hacer visible que somos una especie en un mismo planeta, porque por una vez puede que sea posible pensar en la verdadera cultura vivencial de los derechos humanos y en consecuencia tenemos herramientas que pueden ser utilizadas por los juristas, jueces y legisladores para concretar una protección y garantía de los derechos humanos, en consecuencia tener ciudadanos empoderados para poder exigirlos, para poder hacerlos realidad en su vida cotidiana.

Por último, México es un país que ha cambiado vertiginosamente y debe de poner siempre en balanza qué es importante en el cambio de creencias culturales, que nos permitan practicar los principios fundamentales de igualdad y no discriminación siempre teniendo en cuenta que la violación de los derechos humanos es algo más cercano a nosotros, de lo que podríamos pensar y que necesitamos reforzar en nuestro sistema judicial. En consecuencia debemos actuar como un todo, gobierno y ciudadanía comprometidos en todo momento, no ver como algo cotidiano la violación a los derechos humanos, que sigamos recordando la historia que ha destrozado comunidades enteras y ha marcado heridas emocionales difíciles de superar, de ahí la importancia de que los derechos humanos, si bien es cierto deben de ser garantizados primeramente por los poderes públicos quienes tienen deberes y responsabilidades para implementarlos, también resulta cierto que los sujetos obligados públicos o privados tienen el deber y el compromiso de vivir congruentemente con los derechos humanos, ya que es en la sociedad donde el individuo alcanza el pleno desarrollo de sus potencialidades.







BIBLIOGRAFÍA

1. www.humanrights.com/es/.../universal-declaration-of-human-rights.htm



PIE DE NOTA

(1) DECLARACIÒN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, consultado el día 15 de mayo del 2015, www.humanrights.com/es/.../universal-declaration-of-human-rights.htm

(2) DECLARACIÒN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, consultado el día 15 de mayo del 2015, www.humanrights.com/es/.../universal-declaration-of-human-rights.htm





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