AÑO 7 NO. 25 || 15 . MARZO . 2015
REVISTA ELECTRÓNICA TRIMESTRAL DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO
LA ENCOMIENDA NOVO-HISPANA, INSTRUMENTO JURÍDICO-ECONÓMICO DE EXPLOTACIÓN INDÍGENA.

Artículo realizado por: Lic. Rene Morales Tirado*

Catedrático de la Facultad de Derecho y Criminología Universidad De La Salle Bajío A.C.


Imagen tomada de: cidecame.uaeh.edu.mx



1.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La historia de la colonización española , que empezó desde las islas del caribe, en específico desde la Española, la actual Republica Dominicana, fue el inicio también de la explotación indígena y de la esclavitud de indios y de gente de color traída desde África.

La isla de la Hispaniola (La Española), actualmente ocupada por las naciones de Haití y la República Dominicana, fue el primer lugar del Nuevo Mundo donde los españoles formaron una colonia, como tal, sirvió de base logística para la conquista de la mayor parte del Hemisferio Occidental.

Cristóbal Colón descubrió la isla el 5 de diciembre de 1492, en los días finales de su primer viaje a "las indias". El futuro Almirante y sus compañeros encontraron que la isla estaba habitada por una gran población de sorprendidos y amistosos indios Taínos (Arawacos), quienes les dieron una cordial bienvenida a los exploradores.

Colón estableció un asentamiento improvisado en la costa norte, cerca de la ciudad actual de Cap Haïtien, lo llamó La Navidad (por ser el 25 de diciembre), usó los restos de la carabela Santa María, que había dado contra un arrecife coralino y zozobrado para construir un precario fuerte y unas chozas que dieran cobijo a los hombres que se quedarían a vivir ahí, los cuales pasarían tremendas penurias.

La tierra era fértil, pero de mayor importancia para los españoles fue el descubrimiento del oro que podía conseguirse por trueque con los nativos, quienes se adornaban con joyas, o extrayéndolo de los depósitos aluviales de la isla.

Los taínos llamaban a la isla de diversas maneras pero lo más común era Ayti o Hayti (tierra montañosa). Aunque inicialmente fueron amigables hacia los españoles, estos nativos respondieron violentamente contra la intolerancia abusos y primeros intentos de esclavizarlos, de los recién llegados. Cuando Colón regresó a la Hispaniola en su segundo viaje en 1493, encontró que la Navidad había sido arrasada y eliminados sus habitantes. Pero no era fácil detener el interés del Viejo Mundo en la expansión y su cruzada de esparcir el Catolicismo; Colón estableció un segundo asentamiento, La Isabela, más hacia el Este.

Luego de varios intentos de establecer colonias en la costa norte de la Hispaniola, finalmente se estableció el primer asentamiento permanente en el Nuevo Mundo: Santo Domingo, establecido en la costa sur. Bajo la soberanía española, toda la isla llevó el nombre de Santo Domingo, los indicios de la presencia de oro ,la sangre vital del naciente sistema mercantilista, ya que los metales preciosos y las joyas iban a ser base de la muy necesaria acumulación originaria para el despegue mercantilista y después industrial que requerirían España, Inglaterra y Francia, los españoles no lo lograron porque no reinvirtieron el dinero sino que lo ahorraron y los otros dos países reinvirtiendo esa riqueza se transformarían en potencias, con el paso del tiempo, Marx describe esta situación claramente en el Tomo I del Das Kapital, y una población de nativos tratables que podían usarse como obreros se combinaron para atraer a muchos españoles durante los primeros años.

La mayoría de ellos era simple aventureros que, por lo menos inicialmente, estaban más interesados en adquirir rápidamente riqueza más que en asentarse en la tierra, no eran campesinos. Desde los inicios, las relaciones con los indios, a quienes maltrataban de manera inmisericorde, se deterioraron y se fueron haciendo agresivas. Movidos por las incautaciones de alimentos y otras extorsiones, y los abusos hacia sus mujeres, a quienes ultrajaban y violaban, los indios se rebelaron y atacaron pero fueron dominados definitivamente en 1495.

2.- SURGIMIENTO DE LA ENCOMIENDA

Santo Domingo se convirtió en el primer puesto de avanzada del Imperio Español. Las expectativas iniciales de reservas de oro abundantes y de fácil acceso demostraron que no tenían fundamento; aun así la isla llegó a ser importante como asiento de la administración colonial, con una administración basada en las estructuras legales del Fuero Juzgo y Fuero de Castilla, apoyadas por la bula inter catera otorgada por el Papa Alejandro VI que les otorgaba a los Reyes católicos que de esta manera se manifestaban titulares de las tierras de las indias , un punto inicial para las conquistas de otras tierras y como laboratorio para el desarrollo de políticas de gobierno de las nuevas posesiones. Fue en Santo Domingo que los españoles introdujeron el sistema de repartimientos y factorías por el cual los peninsulares (personas nacidas en España y que residían en el Nuevo Mundo) recibían grandes concesiones de tierra y el derecho a usar los indios residentes en ellas en las labores, aunque realmente no había una diferencia tan clara con las encomiendas.

Aunque originalmente estos famosos repartimientos habían sido condenados por la Reina Isabel, el 14 de Julio de 1509, su esposo el Rey Fernando autoriza a Colon los repartimientos, pero es obvio que el sublevado Roldan se los exigiría y obligaría a Colon a hacerlos efectivos, por supuesto que podemos advertir que Colon era un pésimo administrador y que carecía del carácter suficiente para enfrentar a los sublevados españoles que buscaban a toda costa una esclavitud disfrazada en algún subterfugio legal y la encomienda y el repartimiento sirvieron para ello.

Colón gobernó la colonia hasta 1499, intentó poner coto a los abusos más serios a los cuales eran sometidos los indios prohibiendo las expediciones contra ellos y regulando los impuestos informales impuestos por los colonizadores, que debido a sus demandas ideó el sistema de repartimiento de distribución de tierra e indios y factorías; bajo este sistema, se otorgaba a perpetuidad, sin ninguna obligación para con las autoridades, una gran porción de terreno junto con los servicios de los indios que vivían allí. El sistema de repartimiento no mejoró la situación de los indios, y la corona española lo cambió instituyendo el sistema de encomienda en 1503 .

Señala Margadant “Los repartimientos reclamaban el trabajo de una cuarta parte de los indios tributarios, por turnos semanales. Para la determinación del trabajo que les correspondería a cada uno (servicio a la ciudad, labranza, trapiches, estancias, minas, etcétera) hubo jueces de repartimiento. No se trataba, empero, de una esclavitud temporal y por rotación: los indios tenían derecho a recibir un salario adecuado por estos servicios” , lo cual los españoles en la práctica evadieron hacer, o lo hicieron minimamente.

El régimen de las factorías fue el primer esquema económico de reparto y división de tierras y hombres implantado por los españoles, no las encomiendas, este, el de las factorías, estaba basado en las experiencias portuguesas en la costa occidental de África, sobre todo Costa de Marfil, consistía en la explotación del trabajo asalariado de los españoles, los cuales evidentemente no eran sometidos a los mismos tratos que los tainos y más tarde de manera equivoca caribes, también se regulaba su venta como esclavos en España, y la imposición de tributo en oro en polvo o algodón, el cual nunca fue en la cantidades que soñaban los españoles, y tal vez por eso la crudeza con que trataron a los aborígenes al ver frustrados sus sueños de riqueza.

La explotación de las riquezas naturales y de la fuerza de trabajo indígena sólo podía hacerse en provecho de la Corona y de Colón, no de los particulares. Esto ocasionó malestar entre los españoles, quienes pronto se rebelaron, ya que se preguntaron qué beneficio iban a tener entonces, además de que los taínos en su mayoría no resistían el viaje hacia España, no eran tan resistentes como los africanos, muriendo de tristeza en el camino o llegando a la metrópolis en muy mal estado.

Colón y su hermano Bartolomé cayeron en desgracia ante la mayoría de los colonos, como resultado de malos manejos o errores en la administración, celos y avaricias, y luego también ante la corona debido a su incapacidad de mantener el orden, ya antes de 1500, los terratenientes demostraron su poder conspirando exitosamente contra Colón.

Los terratenientes incómodos con el régimen de repartimientos y factorías, en donde ellos casi no ganaban nada y con la manera en que Colón y sus hermanos gobernaban, y con la precariedad de la vida en La Española y el impedimento de regresar a España, trataron de levantarse en armas contra la administración de la incipiente colonia. Un primer intento de insurrección ya en 1494, dirigido por Bernal Díaz de Pisa, pudo ser sofocado por Colón pero un segundo tuvo éxito.

Francisco Roldán, Alcalde Mayor de La Isabela y antiguo criado del Almirante, inició su rebelión, consiguiendo el apoyo creciente de los colonos, pues reivindicaba el derecho a buscar oro en provecho personal, a disfrutar del trabajo de los indios, a tomar aborígenes por esposas, así como la libertad para retornar a España. Exigía también la abolición del tributo a que estaban obligados los aborígenes, lo curiosos es que estas sublevaciones se dieron a lo largo de todo América, lo cual es una clara señal que se requería un Derecho especializado para las llamadas Indias, no era funcional adaptar las normas españolas a las nuevas circunstancias americanas.

En 1498, todas las poblaciones y fortalezas españolas ubicadas en La Española, salvo las poblaciones de La Vega y La Isabela, se habían unido a Roldán, a Cristóbal Colón no le quedó más remedio que ceder, firmando en 1499 las Capitulaciones de Azua. Por medio de éstas se nombraba a Francisco Roldán como Alcalde Mayor a perpetuidad de la ciudad de Santo Domingo (que ya había sido fundada), se otorgaba amnistía a todos los rebeldes, se les concedía el derecho de retornar a España cuando lo quisiesen, de unirse con las taínas y de utilizar la mano de obra aborigen en la búsqueda de oro para provecho personal. También se les concedió el pago de los salarios atrasados aunque no hubiesen trabajado en los últimos dos años, y se les entregaron tierras para que hicieran que sus esclavos taínos las trabajaran, este fue el origen real del sistema de encomiendas.

La forma en que Colón manejó el levantamiento de Roldán produjo descontento en la Corona española, puesto que personas que pertenecían a los estratos más bajos de España se hacían con el dominio de la empresa colonizadora y adquirían una más alta posición económica que facilitaba un posible ascenso social, y la organización de castas europeas era también rígida, la Corona entonces decidió destituir a Cristóbal Colón de su cargo de gobernador de la isla y enviaron a sucederle a Francisco Bobadilla, quien al llegar en agosto de 1500 ordenó de inmediato la encarcelación de Colón y sus hermanos, enviándolos con grilletes a España, triste destino para el descubridor de las Indias, pero ganado a pulso.

Bobadilla no pudo imponerse a Roldán; muy por el contrario, tuvo que aceptar casi en su totalidad lo acordado en las Capitulaciones de Azua, y redujo de un tercio a un onceavo los impuestos que los españoles debían pagar a la Corona por el derecho a la búsqueda de oro a título personal. Aún el siguiente gobernador, Nicolás de Ovando, que llegó en 1502 para someter a los ‘roldanistas', y que se deshizo de Roldan y sus allegados más próximos embarcándolos hacia España (mismos que fallecieron en un naufragio al dejar la isla), tuvo que afianzar el reparto de tierra y taínos, ahora favoreciendo a sus hombres, solo hubo cambio de dueños, de este modo quedó formalmente establecido el sistema de encomiendas (por una Real Provisión expedida el 20 de diciembre de 1503), que pasó a ser el fundamento de la estructura económica de La Española y la América conquistada en las primeras décadas del 1500. Por este mecanismo se asignaban de manera vitalicia tierra y aborígenes a los colonos españoles, quienes los hacían trabajar de manera brutal en las minas, en la extracción de oro y en las labores agrícolas como el cultivo de la caña de azúcar que prácticamente los aniquilo, a cambio de catequizarlos y ‘velar por su bienestar', la misma falacia que luego haría valer Cortez al impulsar las encomiendas en la recién conquistada Tenochtitlan

En cuanto a los orígenes de la institución, se puede decir que el mismo es hispánico. Se remonta a concesiones que hacían los soberanos de Castilla, en épocas de la Reconquista: se otorgaba a grandes señores laicos y eclesiásticos circunscripciones con lugares poblados, con la facultad de gobernarlas y percibir impuestos que correspondían a la corona. Estas circunscripciones se llamaban commenda o commiso y también mandatio, aunque Pérez de los Reyes señala ”que la Behetria medieval origino la encomienda indiana” .

Eran temporales, pero se transformaron en vitalicias y se transmitían a los sucesores mediante concesión del rey. El encomendero cobraba los impuestos que correspondían a la corona, pues está los concedía en todo o en parte. Solía darse en encomienda la Iglesia y sus bienes a grandes señores, acogiéndose a su amparo, o cesando, eran avasalladas por los señores o villanos.

Generalizadas las encomiendas y convertidas en negocio de lucro, se cometieron abusos gravísimos, tanto en su distribución, por parte de los que la otorgaban, como en su desempeño por parte de quienes la recibían, que en realidad presenta a españoles que se comportaban como bestias en lugar de los conquistadores idealizados que nos mostraban en la primaria. Se conocen casos de prelados, sacerdotes, que las concedieron a parientes para que los explotaran a su antojo y con perjuicio de la iglesia, ya que esta no recibía ganancia alguna, algunos encomenderos se apropiaron o malversaron los bienes eclesiásticos confinados a su custodia que supuestamente deberían de ser utilizados para propiciar la evangelización india.

Las encomiendas, por lo menos en el caribe, no así en la Nueva España, con el creciente poder del rey y debilitamiento de la nobleza, fueron extinguiéndose, aun cuando la corona siguió dando territorios con el carácter de mandaciones o tenencias.

La encomienda por ser una institución medieval, poseía los caracteres esenciales del feudalismo; demuestra la incapacidad del rey de concentrar en sí mismo todos los atributos y poderes de una autoridad absoluta. Si desaparecen es por ese juego de fuerzas que destruyó el poder público y lo diseminó entre tantos señores, generando por si misma el fraccionamiento del poder absoluto.

Los indígenas en el Caribe y después en todo América fueron considerados por la Corona como ‘vasallos libres' que debían pagar tributo a los Reyes (1501), los indígenas pasaron así, bajo la excusa de su evangelización y civilización, y ante la necesidad imperiosa de conseguir oro por parte de España, a ser plenamente esclavos, un absurdo terrible porque además de su condición miserable tenían que generar riqueza para la corona y sus dueños.

Bajo el sistema de encomienda, todas las tierras pasaban, en teoría, a ser propiedad de la corona, y así los indios eran considerados como inquilinos en tierras reales, por lo tanto debían de pagar. El derecho de la corona a servirse de los inquilinos podía transferirse en fideicomiso, muy similar a la figura jurídica actual, a colonos españoles (los encomenderos) por una concesión formal y el pago regular de tributo, en lo legal suena, pero la salvedad es que en esta tesitura los indígenas eran considerados objetos semovientes susceptibles de apropiación libre, barbaridad total aun para la época, los encomenderos estaban autorizados a ciertos días de trabajo por los indios, que en la práctica resultaba todo el tiempo, convirtiéndose en sus custodios. Así los encomenderos asumían la responsabilidad de cuidar por el bienestar físico de los indios y de instruirlos en el cristianismo, una encomienda, teóricamente, no involucraba tenencia de la tierra; en la práctica, sin embargo, la posesión se ganaba por otros medios, o sea la compra de la misma por abajo del agua.

El duro trabajo que se le demandaba a los indios y las privaciones que sufrían demostraron la naturaleza artificial, en cuanto a lo moral, del sistema de encomienda, que efectivamente operaba bajo un sistema de honor, totalmente falso, debido a la ausencia de esfuerzos por parte de las autoridades españolas para mejorar las condiciones de trato humanitario mínimo.

Lo cierto es que en la realidad la encomienda era, un subterfugio legal para legitimar o enmascarar los abusos cometidos por los conquistadores con los indígenas. La tradición feudal de los conquistadores y sus aspiraciones señoriales les impedía aceptar las Leyes de Indias, por muy justas que éstas fueran desde el punto de vista jurídico. Su fórmula fue “cumplo pero no acato”, independientemente de los elementos racistas que también subyacían en la percepción de pieles y razas diferentes, o sea las castas que también se conocieron a lo largo de trescientos años de colonia, por lo menos en la Nueva España.

La situación planteaba serios problemas de orden ético y jurídico, puesto que los indios habían sido declarados súbditos del rey, o sea que si eran humanos y no cosas, para obtener de ellos un tributo y justificar la soberanía castellana en aquellas tierras; pero como súbditos tenían derecho a su libertad, sin que se les pudiera someter ni a esclavitud ni a trabajo forzoso.

Sin embargo, si se abolía éste, era imposible continuar el negocio del oro por falta de mano de obra no cualificada. Durante el gobierno de Diego Colón (1509-1515 ) en el Caribe, hijo del descubridor y entroncado por matrimonio con la nobleza castellana, se hallaron dos fórmulas que permitirían evadir disimuladamente, aunque respetando exteriormente la ley y la justicia. Estas fórmulas serían, respecto a los indios de guerra, la guerra justa o defensiva, o sea los que se defendían o sublevaban; para los indios de razón, o sea los que no se oponían, la encomienda.

En el caso de que los pacíficos europeos dedicados a la explotación o el rescate se viesen atacados, sin provocación ni motivo, tenían derecho a defenderse y a esclavizar a los prisioneros de guerra así obtenidos.

A los indios de razón se les aplicó la encomienda, vieja institución medieval nacida en la frontera peninsular: un hombre libre y sin recursos servía a un señor o encomendero a cambio de protección, cobijo, alimento y vestido (encomienda personal); o un pequeño propietario libre cedía al señor toda su tierra, o parte de ella, o bien pagaba un censo o canon en especie a cambio de protección eficaz contra los enemigos musulmanes (encomienda territorial) así había sido en España, pero en América no eran las mismas circunstancias y sin embargo se adaptó.

Los repartimientos de indios se convirtieron en encomiendas de indios, y el empresario minero en encomendero; nada variaba en la práctica, pero en teoría se dignificaba el sistema. El encomendero protegería a sus indios, como en la antigua encomienda personal, y obtendría para sí el oro recogido en lugares que sin duda pertenecen a los indígenas, tal ocurría en la vieja encomienda territorial. Por añadidura, se amplio la esclavitud al llevar a las explotaciones auríferas a indios de las denominadas “islas inútiles” ,las Lucayas, hoy Bahamas, que en un periodo de cuatro años quedaron despobladas.

A la población taína de Santo Domingo le fue muy mal bajo el gobierno colonial. El tamaño exacto de la población indígena de la isla en 1492 nunca ha sido determinada, pero observadores de la época dieron estimados que variaban desde varios miles hasta varios millones. El Padre Bartolomé de Las Casas estimaba 3 millones, lo que ciertamente es una exageración. En todo caso, hubo cientos de miles de indígenas en la isla, pero no hay datos censales de esa época

Las labores forzadas, abusos, enfermedades contra las cuales los indios no tenían defensa alguna, y el crecimiento de la población mestiza contribuyeron, todos a la eliminación del Taino y de su cultura. Los taínos llegaron a suicidarse en masa y a realizar abortos como única salida a la explotación. De unos 400,000 que existían en la isla a la llegada de Colón en 1492, pasaron a 60,000 en 1508.

Ya para 1548 la población taína se había reducido a aproximadamente 500 personas, y en 1550 solamente 150 indios vivían en la isla, las consecuencias de ello fueron profundas. La necesidad de nueva fuerza laboral para el cultivo creciente de la caña de azúcar obligó a la importación de esclavos africanos empezando en 1503. Ya para 1520, solamente se usaba la mano de obra de los esclavos africanos.

A esto, por supuesto, también contribuyó la violencia encarnizada que desató frey Nicolás de Ovando contra las comunidades aborígenes que se resistían a la esclavitud. Degolló, quemó, ahorcó a poblaciones enteras sin considerar la edad o el sexo de las víctimas. Era la esclavitud o la muerte. En la matanza de Jaragua atacó a traición luego de haber sido recibido y atendido como visitante distinguido por el cacique Anacaona.

3.- LA ENCOMIENDA EN EL NUEVO CONTINENTE

La Encomienda es una institución que consistía en la entrega de tierras e indios que vivían en ellas a los conquistadores, en merito a sus servicios a la Corona, cualesquiera que sean la extensión territorial y el número de aborígenes que en ella tienen asiento, o sea no existían criterios de medida o proporción alguno, el carácter mismo que se esboza en esta definición excluye toda forma de información numérica o estadística sobre a) el número de las encomiendas b) el tamaño de las tierras dadas en usufructo, y c) el número de los indígenas que pasaban bajo el control del encomendero, lo cual resultaba totalmente absurdo y peligroso

A juzgar por las disposiciones de la Corona, el fin de la Encomienda era eminentemente el de la creación de poblados, lo que específicamente se señalaba en dichas leyes, con una triple intención: a) la de establecer núcleos tendientes a la agrupación de personas, con vistas a la creación de focos de consumo de los artículos de la economía española; b) la de desarrollar la producción en zonas mineras, y c) la de impedir el crecimiento agrícola de productos de producción española.

Sin embargo lo que opero en el Caribe no necesariamente funciono en la Nueva España, en el continente, en específico en la antigua zona Azteca la encomienda respondió a otras necesidades, a saber, recompensar a los conquistadores, incorporar a los indígenas al pago de tributos, aprovechar la mano de obra de los naturales,, la necesidad de cristianizar a los indios y finalmente la posibilidad de contar con una fuerza armada para proteger a la colonia de ataques extranjeros, como los piratas .

Antes de que el rey atendiera en sus pragmáticas y cédulas al ordenamiento de la Encomienda, en tanto que institución, algunos jefes de los grupos conquistadores habían comenzado el otorgamiento de encomiendas a sus capitanes y válidos.

En lo que hoy es el territorio colombiano, Gonzalo Jiménez de Quesada por su propia voluntad, inicio prontamente estos "repartimientos". La Encomienda debió dar principio en esta forma hacia 1538,por lo menos en esta parte del continente, no así en el Caribe y en lo que más tarde sería la Nueva España, esto es, con las primeras promociones de inmigrantes conquistadores, 46 años después del primer viaje de Cristóbal Colon, ya en 1539 hay noticia de que Gonzalo Jiménez de Quesada, destacado como conquistador de Colombia, otorga al capitán Pedro de Puelles (en el mes de mayo) el cacicazgo de Chía en la hoy Colombia, "mientras Su Majestad provea" como señala Juan Friede, o sea al margen de cualquier nombramiento real, otra barbaridad y que muestra claramente la ya esbozada desaparición paulatina de la fuerza de mando real en el nuevo continente.

La institución de la Encomienda crea un fenómeno demográfico que puede caracterizarse por una movilización muy dinámica de la población aborigen dentro del territorio colombiano, que si analizamos con bases históricas también se da en la Nueva España sobre todo en los primeros veinticinco años en donde Cortez movió grandes contingentes de antiguos aztecas ahora esclavizados hacia diferentes territorios recién conquistados en lo que ahora es el centro y norte de México, política de la que no está ausente la necesidad de debilitar la fuerza aborigen por medio de la dispersión. En Colombia se empezó con advertencias como las establecidas en las encomiendas dispensadas por Jiménez de Quesada, en el sentido de que el agraciado tendrá derecho a sacar los indios pertenecientes a los predios que le habían sido asignados y que se hubiesen huido a otras regiones u otros caciques" como vuelve a señalar Juan Friede, el mismo procedimiento se siguió en todo América, siempre y cuando hubiera indios suficientes, lo cual presenta diferencias en lo que hoy es Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay en donde la población indígena ya no fue tan abundante.

Un caso que pone ejemplo de este reacomodo de la población, por lo menos en Colombia, por obra de la Encomienda, es el siguiente: en 1627, con motivo de la fundación del pueblo de Nuestra Señora de las Nieves (Provincia de Cartago) también en la actual Colombia, los aborígenes trasladados a este emplazamiento lo hicieron a regañadientes alegando que "sus moradas estaban situadas, en buenas aguas y tierras fértiles". Chinchina, en esa zona, fue la única que hizo resistencia al traslado.

4.- LA DEFENSA DE LOS INDIOS

Frente a la brutalidad del trato dado a los aborígenes, surgió la voz de protesta de los frailes dominicos, encabezados por Pedro de Córdoba, Bernardo de Santo Domingo y Antonio de Montesinos con el famoso Sermón de adviento.

En un hecho sin precedentes en la historia, estos sacerdotes del imperio conquistador dieron la voz de alarma respecto al sufrimiento infligido a los conquistados, generando con ello todo un debate sobre el derecho a la conquista, la guerra justa o injusta, en aquellos tiempos, y que ahora se sigue pretextando bajo otros criterios, y la condición de hombre que repercutiría a escala mundial y terminaría siendo una de las bases para la formación de lo que hoy conocemos como el derecho internacional público y los derechos humanos.

En Santo Domingo, el cuarto domingo de adviento, fray Antonio de Montesinos diría desde el púlpito las siguientes palabras (“Ego vox clamanti in deserto”):

“Para dároslos a conocer me he subido aquí, yo que soy voz de Cristo en el desierto de esta isla, y por tanto, conviene que con atención, no cualquiera, sino con todo vuestro corazón y con todos vuestros sentidos, la oigáis; la cual voz os será la más nueva que nunca oísteis, la más áspera y dura y más espantable y peligrosa que jamás pensasteis oír… Esta voz dice que todos estáis en pecado mortal y en él vivís y morís, por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes. Decid, ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a estos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas de ellas, con muertes y estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados, sin darles de comer ni curarlos en sus enfermedades, que de los excesivos trabajos que les dais incurren y se os mueren, y por mejor decir, los matáis, por sacar y adquirir oro cada día? ¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine, y conozcan a su Dios y creador, sean bautizados, oigan misa, guarden las fiestas y domingos? ¿Estos, no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No estáis obligados a amarlos como a vosotros mismos? ¿Esto no entendéis? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño tan letárgico dormidos? Tened por cierto, que en el estado [en] que estáis no os podéis más salvar que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe de Jesucristo.”

La campaña en defensa de los aborígenes propició una serie de discusiones organizadas por la Corona española en las ciudades de Burgos y Valladolid, que serían conocidas como las Leyes de Burgos, en estas sesiones en que participaron letrados y teólogos, el análisis giró sobre la condición humana del indígena: si era un ser inferior que carecía de alma, y por tanto merecía el tratamiento que le daba el encomendero; o si la tenía, y entonces era necesario un tratamiento que facilitara su libertad y evangelización. Tras casi un año de debates, en diciembre de 1512, son aprobadas las Leyes de Burgos, mediante las cuales se reconoció el carácter “racional” de los indígenas, y se dispuso lo siguiente:

• Derecho a disfrutar de una alimentación apropiada.

• Derecho a disponer de hamacas para dormir.

• Exoneración del trabajo a las mujeres embarazadas.

• Exoneración de las cargas pesadas a los hombres.

• Prohibición de encarcelación en su contra.

• Prohibición de los castigos físicos.

• Gratuidad del bautizo.

• Obligatoriedad de la enseñanza cristiana.

• Obligatoriedad de construir sus pueblos junto a las casas de los españoles.

• Prohibición de la bigamia.

• Limitación de la encomienda a una razón de 40 a 150 indios por encomendero.

Además, se creó el cargo de repartidor de indios, dependiente directamente de la Corona, a fin de solucionar los conflictos provocados por los repartimientos hecho por el gobernador de La Española, que en ese entonces era Diego Colón.

Estas leyes constituyeron el primer código de los españoles en las Indias. Se aplicaron primero en La Española, se extendieron después a Puerto Rico y Jamaica. Pero los derechos y garantías concedidos a los aborígenes nunca se dieron en los hechos, por lo que su exterminio siguió a toda marcha. Hacia 1514, en la primera colonia española de América sólo quedaban alrededor de 25,500 taínos; en 1517 la cifra cayó a 11,000; y entre diciembre de 1518 y enero de 1519 una epidemia de viruelas la redujo a 3,000.

5.- CRITERIOS ECONÓMICOS DE LA ENCOMIENDA

Los estudiosos consideran que si se analizan profundamente el conjunto de las capitulaciones que en gran parte se conservan en el Archivo General de Indias, de Sevilla, se advierte claramente al predominio del interés privado, de la iniciativa privada en la organización y el sostenimiento de las expediciones descubridoras en las Indias, lo normal fue que esas expediciones las costearen los grandes comerciantes o merchants de la época, y no fueron solamente españoles, también holandeses, franceses e ingleses por interpósita persona

Después de la esclavitud pura y simple, la encomienda fue la principal institución mediante la cual los conquistadores y empresarios españoles se resarcieron de sus inversiones, pues les permitía exigir tributos y trabajos a la población indígena, José Miranda resume así la "función económica" de los encomenderos:

Aunque el encomendero continental tuviera mucho de señor feudal, a la europea, por lo que retiene del feudalismo medieval... no parecen interesarle vivamente su posición y función como tal.

No; el encomendero es, ante todo, un hombre de su tiempo, movido por el afán de lucro y proponiéndose como meta la riqueza. Entre sus contemporáneos, es el encomendero el hombre de acción en que prenden más fuertemente las ideas y los anhelos de un mundo nuevo. Dista mucho del hombre medieval; es el resultado de una manera radicalmente distinta de entender el mundo y la vida. Ávido de riqueza, la perseguirá febrilmente; no se conformará después con la encomienda, pero lo hará pensando en obtener grandes ganancias, por eso no se limita, como el señor feudal, al mero goce de tributos y servicios, sino que convierte unos y otros en base principal de varias empresas, en la médula económica de múltiples granjas, encomiendas.

Hará lo que cualquier empresario desde entonces acá: emplear los recursos propios o ajenos y el trabajo ajeno en la consecución de la riqueza o el bienestar propios. Así, pues, el encomendero otorgará primacía al elemento del reparto capitalista de la encomienda, que es el único que puede conducirle a lo que él persigue con ahínco: la riqueza.

Por eso, en un primer momento, se dedica de lleno, antes que nada, a la explotación de las minas de oro y al logro de lo que era anexo a ellas (ciertas herramientas y mantenimientos), porque obtenía riqueza rápidamente y dejando para un segundo momento la producción de lo que era indispensable para cubrir sus necesidades materiales más apremiantes (ganados y trigo), lo que es parecido con las encomiendas en las Nueva España , independientemente de lo lejano en kilómetros, Colombia, lo que sería Argentina y Chile compartían el mismo sistema de explotación.

Las empresas que el encomendero establece para el aprovechamiento económico de la encomienda serán, por lo tanto, de un triple orden: mineras (para la extracción del oro, en un principio), ganaderas, y agrícolas (limitadas las agrícolas, en los primeros tiempos, casi exclusivamente a la producción de trigo), las explicaciones de Miranda son puntuales para darnos cuenta que en todo el continente la institución de la Encomienda funcionó igual.

En el primer concepto, extraerá de la encomienda, para sus empresas, oro, mantenimiento, esclavos, ropas, etc. Estos elementos serán empleados por él: el oro en las inversiones más imprescindibles, como la adquisición de herramientas y, en caso preciso, el pago de los servidores españoles (mineros y mozos) y la compra de víveres; los mantenimientos, en el sostenimiento de sus esclavos, indios de servicios y otros trabajadores, y la cría de sus ganados; los esclavos, en las labores mineras, donde fueron la principal mano de obra, y en las agrícolas y ganaderas.

Como resultado de la utilización de los diferentes elementos o formas económicas de que dispone ,procedentes de la encomienda, o con otro origen, según vivimos, y de los medios jurídicos con que reúne esos elementos y los enlaza con los medios personales en el complicado mecanismo de sus empresas, vemos frecuentemente al encomendero cogido en una red verdaderamente tupida de dispositivos económicos y de relaciones jurídicas: participa en varias compañías mineras, concluidas ante un escribano público; propietario de una piara de cerdos o de un rebaño de ovejas, que trae pastando en tierras de otro encomendero ,con el cual ha concertado instrumentalmente contrato de compañía, y al cuidado de un mozo español ,cuyo servicio se ha asegurado mediante escritura de partido o de soldada, esto es, un español con contrato de exclusividad y sigilo, y todo esto después de haber dado poder general a un familiar, amigo o criado para que administre sus pueblos y de haber conferido poderes particulares a otras personas para que gobiernen sus haciendas de labor o ganaderas, sus ingenios o sus molinos, o para la gestión de sus intereses allí donde éstos lo exijan.

Así, pues, la expansión y el desarrollo del capitalismo incorporaron a la población indígena en su expoliadora estructura monopolista inmediatamente después de la llegada de los españoles, y el capitalista y sus crecientes manadas de ganado y ovejas se apropiaron de la tierra del indígena. El nuevo capitalismo penetró tan rápida y profundamente en la organización económica aborigen que diez años después de la conquista de México, estos últimos la habían terminado por aceptar

Las consecuencias inmediatas de la penetración capitalista en la colectividad indígena fueron la muerte de multitud de sus componentes y la transformación de su sociedad y su cultura. En México, la población indígena, que en los días de la Conquista, en 1519, era de 11 millones, descendió a 1,5 millones en 1650

En México, la encomienda fundada en el pago de un tributo en trabajo y el uso legal de indígenas encomendados duraron hasta 1549, teóricamente ya que en realidad desaparece hasta 1718.

El 22 de febrero de ese año,o sea 1549, la Corona dirigió una importante cédula al presidente y los magistrados de la Audiencia de Nueva España... ordenando la cancelación de todas las conmutaciones del tributo en especie y en metálico por servicios personales. La puesta en vigor de esta prohibición significaba el fin de la encomienda como institución laboral, porque en lo adelante todos los tributos tenían que pagarse en dinero, en productos agrícolas u objetos de artesanía

El propósito, por tanto, era establecer un sistema de trabajo asalariado voluntario, con tareas moderadas; pero en previsión de que los indígenas no quisieran ofrecer sus servicios voluntariamente... Nueva España, instituyó el cuatéquil, o sea el sistema de trabajo pagado forzoso.

En Nueva España, el periodo de trabajo era casi siempre de una semana, y cada indígena se presentaba para trabajar tres o cuatro semanas en el año. Los períodos peruanos de trabajo duraban meses.

Ni siquiera los encomenderos quedaron fuera de la institución del cuatequil, si necesitaban peones, no podían tomarlos ya directamente de sus aldeas encomendadas a modo de tributo. Como otros colonos privados, estaban obligados a pedir a un juez repartidor los indígenas que necesitaran, y los peones así provistos no trabajaban ya gratuitamente, sino que tenían derecho a recibir del encomendero el jornal de costumbre, lo cual no siempre ocurrió.

Desde hacía años, los agricultores españoles habían empezado a atraer a sus fincas a los indígenas de las aldeas vecinas, a los que se llamaba gañanes o laboríos. Así, en vez de aguardar por la periódica asignación de indígenas a cargo de las autoridades públicas, tenían familias indígenas residiendo continuamente en sus tierras como mano de obra, además, los terratenientes habían empezado a hacer todo lo que les era dable para reforzar su posesión de gañanes, privándoles a su placer de la libertad para abandonar la finca.

El medio legal por el que se consiguió esta retención consistió en adelantos de dinero y mercancías, lo que, al endeudar al gañán, lo ataba a la tierra. Este método, y no la antigua encomienda del siglo XVI, es el verdadero precursor de la hacienda mexicana de tiempos recientes. Por este último sistema, el amo posee la tierra por merced, compra u otro título legal, o quizás sólo por haberse apoderado de ella, y atrae gañanes a su finca y los mantiene en ella haciéndoles contraer deudas con él.

La Conquista no sólo destruyó a las personas físicamente, sino que también despedazó la trama usual de sus vidas y los motivos que las animaban, una concepción natural y gregaria en base a actitudes colectivas seria suplantadas por visiones altamente mercantilizadas. La sociedad nacida de la conquista española sacrificó a los hombres, a los indígenas, por la producción de objetos que no tenían otro fin que el de aumentar lo más posible las ganancias y la gloria del conquistador individual, el indígena explotado no podía hallar alguno a sus padecimientos, no entendía por que los dioses los habían abandonado, se tu vieron que negar y aceptar miserablemente sus nuevas condiciones, así pues, los indígenas, no sólo fueron víctimas de la explotación y el derrumbe biológico, sino que también sufrieron una pérdida real de cultura, y en el curso de tales maltratos vinieron a sentirse ajenos a un orden social que tan mal empleaba sus recursos humanos. Eran extraños a él, y un abismo de desconfianza los separaba de los fines y los gestores del mismo. La nueva sociedad podía disponer del trabajo de ellos, pero no de su lealtad.

6.- CONCLUSIONES

En resumen podemos decir que las características jurídicas de la encomienda fueron cambiando desde los primeros repartimientos de mano de obra forzada que se dieron en las Antillas, hasta la encomienda basada en el tributo, a partir de una abundante legislación cuyos momentos más relevantes fueron tal vez las Leyes de Burgos de 1512, junto con las Leyes Nuevas de 1542 y las reformas que se introdujeron en 1549. En líneas generales, se llegó a establecer que los indios eran vasallos libres de la corona española y no podían ser sometidos a la servidumbre o a la esclavitud, sino en casos muy especiales, como la guerra justa.

El título de encomienda no incluía propiedad sobre la tierra, que seguía siendo en teoría de los indios, ni implicaba jurisdicción sobre ellos. Si un indio cometía una falta debía ser juzgado y castigado por los jueces reales y no por los encomenderos. La encomienda tampoco era considerada legalmente como un título nobiliario y al morir el titular regresaba al dominio de la Corona, o sea mantener a como fuera lugar la posibilidad del negocio.

Sin embargo las mismas leyes permitían que se heredara por dos o tres vidas, y en algunos casos los conquistadores se las ingeniaron para mantener los títulos por más de 4 generaciones, coincidiendo todas las gentes pensantes que la encomienda fue un instrumento legal y económico que solo había servido para robarles todo a los indígenas además de someterlos a la más espantosa esclavitud y vejaciones sin nombre, hasta que por un decreto del 23 de Noviembre de 1718 fueron suprimidas , una vez más la Iglesia Católica a través de su Papa había sido instrumento de opresión y pecado y nunca de salvación de almas como se pretendió ilusamente por las autoridades eclesiales a través de sus Bulas, aunque ciertamente los Emperadores españoles y portugueses manipularon instrucción papal a efecto de apoderarse de tierras e indios y usarlos a su conveniencia .





BIBLIOGRAFÍA

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FUENTES ELECTRÓNICAS

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Gamboa, J.A.LA ENCOMIENDA Y LAS SOCIEDADES INDÍGENAS DEL NUEVO REINO DE GRANADA: EL CASO DE LA PROVINCIA DE PAMPLONA (1549-1650) consultado el 16 de noviembre del 2015,Instituto Colombiano de Antropología e Historia en http://revistadeindias.revistas.csic.es/index.php/revistadeindias/article/viewFile/433/501

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http://www.eumed.net/cursecon/textos/Frank/2.B.htm, consultado el 16 de noviembre del 2015

http://revistadeindias.revistas.csic.es/index.php/revistadeindias/article/viewFile/433/501, consultado el 16 de noviembre del 2015

http://www.uv.es/correa/troncal/grado12.pd, consultado el 9 de Diciembre del 2015





CITAS: *Docente de la Escuela de Derecho en la Universidad de la Salle Bajío en las materias de Teoría del Proceso e Historia del Derecho Mexicano

3 Cfr Pérez de los Reyes, M, Historia del Derecho Mexicano, Primera Edición ,Ed. Oxford, Mexico,2014,p.352-353

4 Cfr Margadant, Introducción a la Historia del Derecho Mexicano, Ed Esfinge, Mex,2001,p.85-87

5 Cfr Pérez de los Reyes, M, Historia del Derecho Mexicano, Primera Edición, Ed. Oxford, Mexico,2014,p.346

6 Cfr. Margadant, Introducción a la Historia del Derecho Mexicano, Ed Esfinge, Mex,2001,p.85-87

7 http://www.jmarcano.com/mipais/historia/discovery.html,obtenida el 15 de Noviembre del 2015

8 Pérez de los Reyes, M, Historia del Derecho Mexicano, Primera Edición, Ed. Oxford, Mexico,2014,p.346

9 Extractado de Salinas, María Laura, ENCOMIENDA, TRABAJO Y SERVIDUMBRE INDÍGENA EN CORRIENTES. SIGLOS XVII-XVIII, Tesis de Maestría, Universidad Internacional de Andalucía, España,2008, pp 9-10 en http://dspace.unia.es/bitstream/handle/10334/37/0012_Salinas.pdf?sequence=1,obtenido el 16 de noviembre del 2015.

10 Extractado de Céspedes, Guillermo: “La conquista”. En: Carrasco, Pedro / Céspedes, Guillermo: Historia de América Latina. Madrid: Alianza Editorial, 1985, vol. 1, p. 312-313, en http://hispanoteca.eu/Landeskunde-LA/Pol%C3%ADtica%20social%20y%20econ%C3%B3mica%20en%20Hispanoam%C3%A9rica.htm,obtenido el 16 de Noviembre de 2015

11 http://www.jmarcano.com/mipais/historia/discovery.html,obtenida el 15 de Noviembre del 2015

12 Pérez de los Reyes, M, Historia del Derecho Mexicano, Primera Edición, Ed. Oxford, Mexico,2014,p.347

13 http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/economia/estadcol/estadcol4.htm obtenido el 15 de Noviembre del 2015.

14 http://www.uv.es/correa/troncal/grado12.pdf obtenido el9 de Diciembre del 2015

15 http://revistadeindias.revistas.csic.es/index.php/revistadeindias/article/viewFile/433/501

16 http://www.jmarcano.com/mipais/historia/discovery.html,obtenida el 15 de Noviembre del 2015

17 http://www.eumed.net/cursecon/textos/Frank/2.B.htm obtenido el 16 de noviembre del 2015

18 Confróntese con Gamboa, J.A.LA ENCOMIENDA Y LAS SOCIEDADES INDÍGENAS DEL NUEVO REINO DE GRANADA :EL CASO DE LA PROVINCIA DE PAMPLONA (1549-1650),Instituto Colombiano de Antropología e Historia en http://revistadeindias.revistas.csic.es/index.php/revistadeindias/article/viewFile/433/501 obtenido el 16 de Noviembre del 2015

19 Confróntese con Margadant, Introducción a la Historia del Derecho Mexicano, Ed Esfinge, Mex,2001,p.86

20 V. Para conocer los enfoques económicos de la encomienda sirve consultar Romano,R ,Mecanismos y elementos del sistema económico colonial americano siglos XVI-XVIII, Primera Edicion,F.C.E,Mexico,2004,pp165-178





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